Si acabas de llegar a España con la intención de trabajar y quedarte a vivir o ya tienes un tiempo residiendo y trabajando en España de manera irregular y quieres saber qué tienes que hacer para conseguir el premiso de trabajo, el permiso de residencia y en última instancia la nacionalidad española, te lo contamos en este artículo de manera muy sencilla.
También conocerás las formas de venir a España para trabajar y residir de manera legal: Tipos de visados, clases de contratos de trabajo para extranjeros en España, convenios, etc.
- Permiso de residencia en España
- Permiso de trabajo en España
- ¿Cómo conseguir regularizar tu situación si estás trabajando en España sin papeles?
- ¿Qué es el “el supuesto de Arraigo”?
- Nacionalidad Española
- Nacionalidad Española por nacimiento
- La Nacionalidad Española por Carta de Naturaleza
- Nacionalidad por matrimonio
- Ley de extranjería
- Requisitos para entrar en España
- Tipos de visados
- Cita previa Extranjeria
- Preguntas más frecuentes
Cómo residir y trabajar en España y cómo conseguir la nacionalidad española.
Hasta su ingreso en la Unión Europea en el año 1986 España fue un país principalmente emigrante. Los españoles solían emigrar a otros países, generalmente de la unión europea, a realizar trabajos poco cualificado como la recolección de la uva en Francia, obreros de la industria pesada en Alemania, empleadas de hogar en Francia, servicios en Suiza, etc.
Fue a partir del ingreso de España en la UE, y el desarrollo que se produjo impulsado por los fondos europeos, cuando España empezó a ser un país receptor de inmigrantes.
La inmigración procedente principalmente de países sudamericanos era en su mayoría inmigración de carácter legal y propiciada por el crecimiento económico en sectores como el Turismo y la construcción.
Los inmigrantes procedentes de países como Argentina, Perú, Colombia, Paraguay, etc. podían encontrar trabajo como obreros de la construcción, camareros o empleadas de hogar. Por otro lado, la inmigración procedente de los países del Africa subsahariana era y sigue siendo en su mayoría de carácter ilegal. Teniendo su principal vía de entrada en España a través del estrecho y usando barcas (cayucos, pateras…).
Otro aspecto que jugaba a favor de los inmigrantes procedentes de países de hispanoamérica era la facilidad a la hora de conseguir los permisos necesarios para trabajar en España y finalmente la nacionalidad española, más aún si tenemos en cuenta que en muchos casos era sencillo encontrar antepasados españoles entre sus antepasados e inclusos familiares cercanos aun viviendo en España.
Permiso de residencia en España
Ciudadanos no comunitarios
Para residir en España es necesario haber obtenido con antelación la correspondiente autorización. Los ciudadanos extranjeros de países no pertenecientes a la unión europea que lo deseen podrán obtener el permiso de residencia en España o visado siempre que puedan demostrar un motivo o vinculación suficiente con el pais.
Tipos de permiso de residencia en España
Hay dos tipo de permisos de residencia en España. Residencia temporal o permanente. En la actual normativa legal se establecen los requisitos necesarios y el procedimiento para obtener el permiso de residencia y el permiso de trabajo en España para la realización de actividades lucrativas tanto por cuenta ajena como por cuenta propia.
Permiso de residencia temporal
El permiso de residencia temporal autoriza al extranjero en posesión de la misma a permanecer en España por un periodo superior a 90 días e inferior a 5 años. Si la autorización temporal es concedida por un tiempo inferior a cinco años, el interesado podrá solicitar su renovación siempre que las solicitud sea relativa a las mismas circunstancias por la que se concedió inicialmente..
Permiso de residencia temporal con permiso de trabajo
Para obtener el permiso de residencia y el permiso de trabajo con carácter temporal con el fin de realizar un trabajo por cuenta ajena el inmigrante tendrá que reunir los siguientes requisitos.
- No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
- No encontrarse irregularmente en territorio español.
- Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
- No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
- No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al retornar voluntariamente a su país de origen.
- Abonar las tasas por tramitación de la autorización de residencia y la de trabajo por cuenta ajena.
- Presentar un contrato firmado por el empleador y trabajador que garantice al trabajador una actividad continuada durante el periodo de vigencia de la autorización para residir y trabajar. La fecha deberá estar condicionada al momento de eficacia de la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena.
- Poseer la capacitación y, en su caso, la cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión.
Permiso de residencia temporal sin permiso de trabajo
El permiso de residencia temporal sin permiso de trabajo se concederá a aquellos extranjeros que dispongan de los medios suficientes para su sustento y el de su familia si la hubiera.
Permiso de residencia permanente
La residencia permanente o de larga duración es la situación que autoriza al inmigrante a residir y trabajar de manera permanente e indefinida en España en las mismas condiciones que los ciudadanos españoles.
Según la actual ley de extranjera, tienen derecho a a ella los ciudadanos extranjeros que hayan tenido el permiso de residencia temporal en España durante 5 años de forma continuada y que reúnan las siguientes condiciones:
- No encontrarse irregularmente en territorio español.
- Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
- No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
- No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al retornar voluntariamente a su país de origen.
- Hallarse en uno de estos supuestos:
- Haber residido legalmente y de forma continuada en territorio español durante 5 años. La continuidad no se verá afectada por ausencias del territorio español de hasta seis meses continuados, siempre que la suma no supere diez meses dentro de los cinco años. Si es por motivos laborales no podrá superar el total de un año dentro de los cinco años requeridos. Computarán los periodos de residencia previa y continuada en otros Estados miembros, como titular de la tarjeta azul de la UE. Se considerará que la residencia ha sido continuada aunque por períodos de vacaciones u otras razones que se establezcan reglamentariamente el extranjero haya abandonado el territorio nacional temporalmente.
- Ser residente beneficiario de una pensión de jubilación contributiva, incluida dentro de la acción protectora del sistema español de la Seguridad Social.
- Ser beneficiario de una pensión de incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez, en su modalidad contributiva, incluida dentro de la acción protectora del sistema español de la Seguridad Social o de prestaciones análogas a las anteriores obtenidas en España y consistentes en una renta vitalicia, no capitalizable, suficiente para su sostenimiento.
- haber nacido en España, ser residente y al llegar a la mayoría de edad haber residido en España de forma legal y continuada durante, al menos, los tres años consecutivos inmediatamente anteriores a la solicitud.
- Haber sido español de origen y haber perdido la nacionalidad española.
- Ser residente que al llegar a la mayoría de edad haya estado bajo la tutela de una entidad pública española durante los cinco años inmediatamente anteriores de forma consecutiva.
- Ser apátrida, refugiado o beneficiario de protección subsidiaria, encontrarse en territorio español y haberle sido reconocido el respectivo estatuto en España.
- Haber contribuido de forma notoria al progreso económico, científico o cultural de España, o a la proyección de España en el exterior. En estos supuestos, corresponderá al titular de Ministerio de Empleo y Seguridad Social la concesión de la autorización de residencia de larga duración, previo informe del titular del Ministerio del Interior.
Ciudadanos de la UE
Los ciudadanos de la UE y sus familiares, siempre que estos últimos viajen o se reúnan con dichos ciudadanos, están sometidos a un régimen jurídico específico derivado de los derechos reconocidos por los Tratados comunitarios.
Permiso de trabajo en España
Para poder trabajar en España es necesario poseer un permiso de residencia y el visado de entrada en el país en caso de ser extranjero de países no pertenecientes a la UE. Existen 4 tipos de permisos de trabajo para extranjeros no comunitarios.
Trabajo por cuenta propia
Este tipo de permiso de trabajo conlleva
la autorización de residencia temporal y trabajo para extranjeros no residente en España que deseen realizar de una actividad lucrativa por cuenta propia.
- No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
- No encontrase irregularmente en territorio español.
- Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
- No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
- No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al retornar voluntariamente a su país de origen.
- Cumplir los requisitos que la legislación vigente exige para la apertura y funcionamiento de la actividad proyectada.
- Poseer la cualificación profesional exigible o experiencia acreditada, suficiente en el ejercicio de la actividad profesional, así como en su caso la colegiación cuando así se requiera.
- Poder acreditar que la inversión prevista sea suficiente y la incidencia, en su caso, en la creación de empleo.
- Poder acreditar que cuenta con recursos económicos suficientes para su manutención y alojamiento, una vez deducidos los necesarios para el mantenimiento de la actividad.
Trabajo por cuenta ajena
Habilita a su titular (mayor de 16 años) para residir de forma temporal en España (por un periodo superior a 90 días) y para ejercer una actividad lucrativa, laboral o profesional, por cuenta ajena. El empleador debe haber obtenido previamente en la Delegación, Subdelegación del Gobierno competente o, en su caso, ante el órgano autonómico competente una autorización de residencia y trabajo.
Visado y permiso de trabajo para investigación
Este permiso visado permite residir en España por un periodo superior a 90 días para realizar proyectos de investigación, en el marco de un convenio de acogida firmado con un organismo de investigación radicado en España, que realice actividades de investigación y desarrollo tecnológico y haya sido autorizada para suscribir convenios de acogida.
Requisitos del solicitante.
- No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
- No encontrarse irregularmente en territorio español.
- Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia durante los últimos cinco años por delitos existentes en el ordenamiento español.
- No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
- No padecer ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.
- Que el organismo de investigación esté autorizado para la firma de convenios y, en consecuencia, aparezca en el listado que a dichos efectos, realiza el Ministerio de Economía y Competitividad. http://www.idi.mineco.gob.es/portal/site/MICINN
- Que el proyecto de investigación esté aceptado por el organismo de investigación y que en él esté determinado su objeto, duración y medios materiales y financieros para su realización.
- El organismo de investigación tiene que estar inscrito en el régimen correspondiente del sistema de Seguridad Social y encontrarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Deberá haber firmado con el investigador un convenio de acogida, el cual incorporará el contrato de trabajo firmado por el organismo y el investigador extranjero, con fecha de inicio de vigencia condicionada a la concesión de la autorización.
- Poseer la cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión.
Visado y permiso de trabajo para profesionales altamente cualificados titulares de una Tarjeta azul-UE
Es un visado para residir de forma temporal en España por un periodo superior a 90 días para desempeñar una actividad laboral para la que se requiera contar con cualificación de enseñanza superior o, excepcionalmente, contar con un mínimo de cinco años de experiencia profesional. No es necesaria la obtención de visado de residencia y trabajo previo en casos de ejercicio del derecho a la movilidad, tras haber sido titular de una de dichas autorizaciones en otro Estado miembro de la Unión Europea.
Regularizar situación si estás trabajando sin papeles de forma irregular
Si estás trabajando de forma irregular en España. Es decir, sin permiso de trabajo, sin contrato y sin estar dado de alta en la seguridad social, la forma más próxima que tengas de conseguir regularizar tu situación es mediante el supuesto de Arraigo Laboral, que como hemos comentado antes es necesario para atenerse a él haber estado en España al menos durante dos años y haber trabajado como mínimo durante seis meses.
Ahora bien, en el caso de que cumplas ambas condiciones te preguntaras que cómo demuestras ambos casos habiendo estado sin papeles. Demostrar la estancia en España es fácil como se ha comentado en este artículo en otros puntos, el certificado de empadronamiento es lo más habitual. El problema viene a la hora de demostrar la relación laboral de la que lógicamente no tendrás ningún papel que la pueda demostrar. Aunque si por casualidad el empresario te hubiese estado dando algún tipo de recibo a la hora de pagarte podría ser suficiente.
No obstante, supongamos que no tienes ningún documento que pruebe que has estado trabajando. En este caso, lo mejor que puedes hacer es denunciar tu situación ante un juzgado de lo social de que estás trabajando sin papeles. Lógicamente pon la denuncia una vez hayan pasado lo seis meses que necesitas y antes de hacerlo procura recabar algunas pruebas (grabar una conversación con el móvil, fotos trabajando, etc.)
El supuesto de Arraigo
Los extranjeros que se encuentran en España en situación irregular sin una autorización de estancia o residencia pueden solicitar el permiso de residencia atendiendo a la situación de arraigo personal de la persona en España. Existen tres tipo de arraigo
- Arraigo laboral: Si ha permanecido en España al menos dos años y puede acreditar una relación laboral de duración no inferior a seis meses. Los documentos que tendrás que aportar al solicitar el permiso de residencia ateniéndote al supuesto de arraigo laboral son: La prueba de que has estado en España durante al menos dos años (El certificado de empadronamiento por ejemplo); copia del pasaporte para demostrar que no has salido de España; Certificado de antecedentes penales del país en el que hayas estado residiendo los cinco años anteriores a venir a España; Documentación acreditativa de que has mantenido una relación laboral en España durante al menos 6 meses; rellenar el formulario correspondiente y pagar unas pequeñas tasas.
- Arraigo social: Si ha permanecido en España al menos tres años, cuenta con un contrato de trabajo y acredite vínculos familiares con otros extranjeros residentes o presente un informe de inserción social.
- Arraigo familiar: Si es hijo de padre o madre originariamente españoles o bien sean padre o madre de un menor de nacionalidad española.
Nacionalidad Española
La Nacionalidad Española es el vínculo jurídico que une a una persona con el estado Español. Es un derecho fundamental y constituye el estatuto jurídico de las personas que viven en España. Así la persona que ostente la nacionalidad española es poseedora de una serie de derechos que puede exigir al estado español el cual a su vez y como contrapartida puede imponerle el cumplimiento de una serie de obligaciones y deberes. La obtención de la Nacionalidad española supone conseguir el mayor grado de integración de una persona en el estado español.
La nacionalidad española se adquiere por: Nacimiento; Residencia; Matrimonio; Carta de naturaleza; por posesión de estado o por opción. A continuación se dan los detalles de como se consigue la nacionalidad española en cada uno de los supuestos enumerados
Nacionalidad española por nacimiento
Pueden solicitar la nacionalidad española por esta vía los niños nacidos en España de padres que carecen de nacionalidad (apátridas), o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad. Los padres han de ser de alguna de las siguientes nacionalidadesde las siguientes nacionalidades: Argentina, Bolivia, Brasil, Cabo Verde, Colombia, Costa Rica, Cuba, Guinea Bissau, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, Santo Tomé y Príncipe y Uruguay. Ambos padres deben ser de estos países, ya sean los dos del mismo país o combinados entre sí.
Obtener la Nacionalidad Española por Carta de naturaleza
La adquisición de la nacionalidad española por esta vía es un mecanismo excepcional otorgada por el gobierno de España de forma graciable mediante Real Decreto, tras valorar la concurrencia de circunstancias excepcionales.
Nacionalidad española por matrimonio
Los extranjeros casados con un español pueden solicitar la nacionalidad española por matrimonio después de haber residido en España de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud de la nacionalidad española durante al menos un año.
Nacionalidad española por posesión de estado
Puede solicitar la nacionalidad española la persona que haya tenido y utilizado la nacionalidad durante 10 años, de forma continuada y de buena fe en base a un título inscrito en el Registro Civil.
Nacionalidad española por opción
Tienen derecho a adquirir la nacionalidad española por opción las personas que estén o hayan estado sujetos a la patria potestad de un español y las personas cuyo padre o madre hubiera sido español y hubiera nacido en España.
Ley de extranjería
La vigente ley de extranjería cuyo título oficial es “Ley Orgánica sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social” fue publicada en el boletín oficial del estado el día 12 de Enero del año 2000. La Ley de extranjería entró en vigor el día 1 de febrero del año 2000. En el enlace tienes el texto completo de la ley de extranjería. Y a continuación te dejamos los aspectos más importantes de la Ley de extranjería.
Ambito de aplicación de la Ley de extranjería
Se consideran extranjeros a los que carezcan de la nacionalidad española.
Derechos de los extranjeros
- Los extranjeros gozarán en España de los derechos y libertades reconocidos en el Título I de la Constitución, los derechos reconocidos en la Ley de extranjería en condiciones de igualdad con los españoles.
- Los extranjeros con visado o autorización para estar en España más de seis meses, obtendrán la tarjeta de identidad de extranjero. La tarjeta la tienen que pedir personalmente en el plazo de un mes desde su entrada en España o desde que se conceda la autorización. No tienen esta obligación los extranjeros que tengan un visado de residencia y trabajo de temporada.
- Los extranjeros que estén en España tienen derecho a circular libremente por todo territorio español y a elegir su residencia libremente en condiciones normales.
- Los residentes en España extranjeros podrán votar en las elecciones municipales.
- Los extranjeros que estén empadronados en un municipio español, tienen los mismos derechos que sus vecinos españoles.
- Los extranjeros tienen el derecho de reunión y asociación igual que los ciudadanos españoles
- Los que sean menores de 16 años tienen el derecho y el deber a educación básica, gratuita y obligatoria. Los extranjeros menores de 18 años tienen derecho a la enseñanza posobligatoria, incluyendo la obtención de los títulos que le correspondan. También tienen derecho a becas y ayudas igual que los españoles.
- Los extranjeros en España pueden apuntarse a un sindicato o a una organización profesional y ejercer el derecho a la huelga en las mismas condiciones que los trabajadores españoles.
- Derecho a la asistencia sanitaria según la ley sanitaria
- Derecho a prestaciones y servicios de la Seguridad Social, derecho a los servicios y a las prestaciones sociales en las mismas condiciones que los españoles. Los extranjeros discapacitados menores de 18 años con domicilio habitual en España tienen derecho a recibir el tratamiento, servicios y cuidados especiales que exija su estado físico o psíquico.
- Los extranjeros pagarán los mismos impuestos que los españoles y tienen derecho a transferir sus ingresos y ahorros obtenidos en España a su país, o a cualquier otro.
- Derecho a la reagrupación familiar.
- Los extranjeros en España tienen derecho a la tutela judicial efectiva y a la asistencia jurídica gratuita.
Cita Previa Extranjería
El gobierno de España ha dispuesto un servicio para regular la atención a extranjeros y prestar atención personalizada de forma ordenada para la presentación de autorizaciones en las oficinas de extranjeros. Aquí puedes ver cómo solicitar la cita previa de extranjería a través de Internet y los tramites que puedes realizar y ara los que son necesaria la cita previa. Solicitar cita previa extranjería.
Tramites para los que necesitas tener sita previa
- Autorizaciones de trabajo y residencia por cuenta ajena inicial: La solicitud debe ser realizada por el empleador o su representante autorizado.
- Para autorizaciones de reagrupación familiar: La solicitud de cita debe ser realizada por el reagrupante o su representante autorizado.
- Autorizaciones de residencia de menores o incapacitados: La solicitud debe ser realizada por el padre o la madre o el representante legal (no es necesaria la presencia del menor).
- Renovaciones de Autorizaciones de Extranjería – Presentación Ordinaria
- Información sobre el estado de tramitación de los expedientes de extranjería
- MERCURIO. Solicitudes de autorizaciones de Extranjería – Presentación Telemática
- Pago de tasas de Extranjería
- Aportación telemática de documentación a procedimientos de extranjería
- Aportación de Documentos por parte de CC.AA o E.E.L.L. en el ámbito de Extranjería
Oficinas de extranjera en cada una de las comunidades autónomas
Las competencias de extranjera están asumidas or las delegaciones del gobierno en cada una de las provincias Españolas. Desde aquí puedes acceder a la provincias que desees ordenadas or comunidades autónomas. Enlace.
Requisitos para entrar en España
- El extranjero que quiera entrar en España tiene que hacerlo por los puestos establecidos y llevar consigo el pasaporte o documento que acredite su identidad; los documentos que justifiquen el objeto y condiciones de estancia; y acreditar medios de vida suficientes para el tiempo que va a estar en España.
- Un visado. Salvo en el caso de que el extranjero tenga la tarjeta de identidad de extranjero.
- Tener el derecho de asilo en el momento de su entrada en España.
Tipos de visados
- Visado de tránsito. Es el visado que habilita a estar en la zona de tránsito internacional de un aeropuerto español o atravesar el territorio español.
- Visado de estancia. Es el visado que permite a los extranjeros a estar en España como máximo 3 meses.
- Visado de residencia. Es el visado que permite residir en España sin ejercer actividad laboral o profesional.
- Visado de residencia y trabajo. Es el visado que te permite la entrada y estancia por un período máximo de tres meses y para el comienzo, en ese plazo, de la actividad laboral o profesional para la que hubiera sido previamente autorizado. En este tiempo deberá producirse el alta del trabajador en la Seguridad Social, que dotará de eficacia a la autorización de residencia y trabajo, por cuenta propia o ajena. Si transcurrido el plazo no se hubiera producido el alta, el extranjero quedará obligado a salir del territorio nacional, incurriendo, en caso contrario, en la infracción contemplada en el artículo 53.1.a) de esta Ley.
- El Visado de residencia y trabajo de temporada. Visado para trabajar por cuenta ajena hasta nueve meses en un período de doce meses consecutivos.
- Estudios. Visado para estudiantes que realicen cursos, estudios, trabajos de investigación o formación, intercambio de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado, y que no estén remunerados laboralmente.
- Investigación. Visado para la realización de proyectos de investigación siempre que se tenga un convenio de acogida firmado con un organismo de investigación.
Preguntas más frecuentes
¿Dónde puedo solicitar un visado de larga duración?: Los Visados de Larga Duración (Trabajo, Residencias, Estudios, Reagrupación Familiar, etc) deben ser solicitados en el Consulado español de su país previa cita. Por ejemplo, si vive en Ciudad del Cabo puede solicitar la cita por correo electrónico a : visacapetown@maec.es
¿Qué necesito para trabajar en España? Si no perteneces a un país de la UE o el EEE (espacio económico europeo) necesitaras obtener el permiso de residencia y un permiso de trabajo.
¿Cuales son los visados más habituales en España?
- Visado de residencia no lucrativa
- Para religiosos.
- Visado de Aupair.
- Para reagrupación familiar ciudadano UE.
- Visado para reagrupación familiar régimen general.
- Visado de estudios.
¿Puedo trabajar en España con mi permiso de estudiante?
Sí. Mediante un convenio de prácticas suscrito entre el instituto o universidad en las que estés cursando tus estudios; o mediante un contrato de trabajo con una empresa con ciertas restricciones.
¿Cual es la mejor forma de conseguir trabajo en España para un extranjero? Conseguir un contrato de trabajo con una empresa española que te permita solicitar el visado de entrada, la residencia y el permiso de trabajo.
¿Qué es el NIE?
El NIE es el Número de Identidad de Extranjero asignado a aquellos extranjeros que por sus intereses económicos, profesionales o sociales se relacionen con España.
Documentación necesaria para conseguir el NIE
- Impreso-solicitud normalizado (EX-15), debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero.
- Original y copia del pasaporte completo, o documento de identidad, o título de viaje o cédula de inscripción en vigor.
- Comunicación de las causas económicas, profesionales o sociales que justifican la solicitud.
- Cuando sea solicitado a través de un representante, éste acreditará contar con poder suficiente en el que conste de forma expresa que se le faculta para presentar tal solicitud.
¿Donde puedo solicitar el NIE?:
- Personalmente en España
- En España a través de representante
- En las embajadas u oficinas consulares españolas ubicadas en el país de residencia del solicitante.